viernes, 21 de junio de 2013

DINERO, de eso no se habla

Un tema candente en todo momento de la búsqueda laboral es el referido al sueldo, ¿cuánto nos van a pagar?, ¿cuáles son nuestras expectativas?

Vamos a aclarar algunos temas, y espero que les sirva: 
¿Qué responder ante la paralizante pregunta de los selectores sobre cuál es nuestra  remuneración pretendida?, ¿qué cifra debemos decir? Difícil, ¿no?
Seguramente muchos estuvieron en esta situación y en una milésima de segundos pasaron por su mente, pensamientos del tipo: “Sera mucho si digo… mejor bajo por las dudas”.

En las empresas, siempre hablando de trabajo en blanco, se respetan ciertas leyes de escalas salariales, que determinan cuál será el sueldo que percibiremos de acuerdo a las actividades que realicemos, pero eso lo explicaremos más abajo cuando toquemos el tema de Convenios colectivos. Solo quienes estén fuera de convenio, personal jerárquico, profesionales y secretarias de gerencia mayoritariamente, pueden arreglar el salario directamente con el empleador.

En fin la mejor recomendación para esa pregunta es la preparación e investigación previa antes de la entrevista. Debemos saber un poco a que se dedica la empresa, en que rubro se sitúa, para que puesto nos están solicitando, para darnos una idea sobre la categoría en la que estaremos y con que convenios colectivos seguramente trabajen, ya que el sueldo depende de estas 2 cosas: Categoría y Convenio Colectivo.
Cada convenio tiene una tabla de salarios básicos y cada valor de la tabla corresponde a una categoría, o tareas que desarrolle el trabajador, por ejemplo  los empleados de comercio no perciben lo mismo quienes están en categoría de vendedor, que quienes están en categoría de cajero. Estos valores se renuevan cada año con las famosas “Paritarias”.

¿Bruto o neto?
También debemos saber que ante esta pregunta cuando decimos un número y esperamos ver qué cara pone nuestro entrevistador, y no aclaramos si eso es lo que queremos en el bolsillo, o sea el sueldo neto. Siempre se entenderá que es el bruto. Y si no entendemos la diferencia nos llevaremos una sorpresa a fin de mes.
Puesto que el sueldo bruto es la remuneración antes de las retenciones fiscales (Jubilación, obra social y PAMI que en los recibos podemos ver como Ley 19.032) y las correspondientes al sindicato (aporte solidario y cuota sindical para afiliados, obra social del sindicato y seguro de vida colectivo), que normalmente suman un 19,5% de retenciones a nuestro bruto.
Por lo que no es lo mismo decir $ 4500 netos (en bolsillo), que $ 4500 brutos (que con el 19,5% menos, nos quedarán en bolsillo $ 3622.5).

Entonces un convenio colectivo es un grupo de normas que agrupan a todas las empresas que realicen las mismas actividades; comercio, petroleras, metalúrgicas, textiles, etc.
Los trabajadores que trabajen en estas empresas tendrán su sindicato correspondiente, y su liquidación de sueldos estará sujeta a las normas que determine el Convenio colectivo de esa actividad.

Los convenios siempre establecen normas más favorables para los trabajadores que las establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744. Por ejemplo donde dicha ley determina que son 14 días corridos de vacaciones para una antigüedad de entre 6 meses y 5 años, algunos convenios determinan que son 14 días hábiles por ejemplo.


Espero haberles aclarado algunos conceptos que oímos a diario, y que influyen en nuestra vida laboral.


Yanina La Rur
Estudiante de Analista en Relaciones del trabajo (UBA) y Consultor psicológico.